DMD reivindica la eutanasia como un derecho personalísimo
Fuente: DMD Derecho a morir dignamente
En respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo, consideramos que la intromisión de terceras personas constituye un nuevo obstáculo para el solicitante de ayuda médica a morir.
Ante el avance de la sentencia del Tribunal Supremo que se ha conocido hoy (19 de mayo de 2026), por la que se reconoce legitimación para recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a personas con una vinculación particularmente estrecha con el solicitante de la prestación, desde la Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente mostramos nuestro total rechazo a que terceras personas, independientemente de su vinculación o lazo afectivo con la persona solicitante, puedan interferir judicialmente o de cualquier otra manera en una decisión tan importante y personalísima como es la solicitud de ayuda para morir.
Nadie, excepto la propia persona interesada, está legitimada para solicitar la eutanasia, o revocar su solicitud en cualquier momento, y nadie debe poder interferir en su voluntad.
Desde DMD queremos mostrar nuestra profunda preocupación por las consecuencias prácticas de esta decisión en el ejercicio del derecho a la eutanasia.
La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia garantiza un derecho individual, personalísimo y basado en la autonomía de la persona que se encuentra en un “contexto eutanásico”. Esta decisión abre las puertas a que quienes se hallen en dicha situación de sufrimiento irreversible y que no cuenten con el respeto de los familiares a su decisión, vean sus derechos vulnerados, sumando un obstáculo más al ejercicio de su voluntad de morir dignamente conforme a sus valores.
Se convertirán en víctimas por partida doble, de su familia y de la justicia, en un contexto vital eutanásico, de gran sufrimiento constante e intolerable, incluso aunque la persona solicitante cuente con el visto bueno de las distintas instancias por la que debe pasar: médico responsable, médico consultor y Comisión de Garantía y Evaluación.
En DMD quedamos a la espera de conocer el texto completo de la Sentencia para realizar una valoración más completa de su contenido y de las consecuencias que puedan derivarse en el libre ejercicio de este derecho.



















