¿Es posible una transición energética sostenible con el Tratado de la Carta de la Energía?

¿Es posible una transición energética sostenible con el Tratado de la Carta de la Energía?

Fuente: «Del sueño solar de España a la pesadilla Legal» Publicado por el Transnational Institute (TNI) Madrid/Ámsterdam, octubre de 2021 Última consulta de datos el 21 de septiembre de 2021 AUTORA: Lucía Bárcena EDICIÓN: Álvaro Queiruga DISEÑO: Karen Paalman

En los últimos 10 años el Estado español ha recibido más demandas de arbitraje de inversión que cualquier otro Estado. Con 50 casos en total, es hoy el tercero en el mundo con más demandas en tribunales arbitrales internacionales.

Cada vez hay más dinero de las arcas del Estado en juego; no solo para pagar a los inversores las cantidades resultantes de los laudos, sino los costes de abogados y expertos, los gastos de administración del centro de arbitraje y los honorarios de los árbitros.

Todas las demandas contra el Estado español se acogen a un acuerdo internacional de comercio y de inversión llamado Tratado de la Carta de la Energía (TCE). Un acuerdo considerado anticuado según los principios actuales del derecho internacional de inversiones por los estándares de protección de inversores que prevé, y por no estar en línea con los objetivos del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

El TCE prevé el recurso a los tribunales arbitrales internacionales como principal mecanismo de resolución de conflictos entre inversores y Estados, el cual ha dado lugar en los últimos años a un total de 142 demandas. Muchas de las cuales las han iniciado inversores energéticos para demandar a países que han legislado o implementado medidas para paliar la crisis climática. Como es el caso del gigante energético RWE contra los Países Bajos por sus planes de eliminación del carbón para 2030.

El caso español es particular porque todas las demandas las inician inversores extranjeros atraídos por los incentivos generosos a las inversiones en energías renovables que el Gobierno español aprobó en 2007 y que revisó a la baja en los años siguientes. Pero esto no significa que las demandas por las renovables sean un argumento a favor del TCE, ni que este tratado vaya a promover la transición energética. Un examen detenido de las demandantes en el caso español muestra que casi la totalidad son inversores especulativos financieros o sociedades pantalla radicadas en Luxemburgo y Países Bajos, que poco o nada tienen que ver con una transición energética sostenible.
Más bien, los casos contra España ponen sobre la mesa algunos de los principales problemas del TCE, como la incertidumbre en torno a la interpretación de los estándares de protección a las inversiones, el trato privilegiado a los inversores en los tribunales de arbitraje y la posibilidad de aumentar la deuda pública o desviar recursos del Estado para pagar demandas millonarias a fondos especulativos por sus “expectativas legítimas”..,

 

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