El Tribunal Supremo ha confirmado la declaración de utilidad pública de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD)

El Tribunal Supremo ha confirmado la declaración de utilidad pública de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD)

El Tribunal Supremo ha confirmado la declaración de utilidad pública de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) desestimando el recurso de casación interpuesto por Abogados Cristianos que argumentaba que no promueve el interés general.

La Sala considera que la actividad llevada a cabo por DMD promociona el derecho fundamental a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución. Así, fija como doctrina que “la finalidad de actividades encaminadas al asesoramiento de las personas al momento final de su vida debe estimarse como promoción del derecho a la vida y, en consecuencia, una asociación que asuma dichos fines reúne las condiciones para ser declarada de utilidad pública”. La Sala considera que los fines de la Asociación declarada de utilidad pública no pueden incardinarse en la muerte como antítesis de la vida, “sino que deberán vincularse a la misma vida, en el sentido de que es consustancial a la vida la irremediable extinción de esta por la muerte en un proceso natural, lo cual lleva a la conclusión de que integra ese derecho una actividad encaminada a la preparación de las personas para ese inevitable y luctuoso hecho”.

Para la Sala, una actividad que prepare a la persona para su muerte, no deja de ser una protección de la misma vida “en primer lugar, porque la vida finaliza con ella y cuando se despliega esa actividad hay vida; pero, además, mientras se da esa asistencia, existe vida y sentimientos avocados a la muerte para los que nunca serán suficientes una cuidada asistencia. Máxime cuando el fin de la vida, si siempre es incierto, hay supuestos en los que procesos patológicos permiten aventurarla en un tiempo más o menos cercano”.

El tribunal señala que entre obligar a vivir y provocar la muerte hay múltiples estadios intermedios a los que el Derecho no puede ser indiferente y que debe darse respuesta “como es la situación de personas que por la evolución de la enfermedad incurable y con agónicos padecimientos físicos, sin expectativa alguna de recuperación, pueda adoptar decisiones con el fin de terminar su propia existencia que la ciencia médica puede alargar hasta términos inhumanos, como la misma parte recurrente acepta, si bien los excluye, sin fundamento alguno, de los fines que integra la asociación declarada de utilidad pública”.

El tribunal recuerda que en estos momentos está en tramitación la proposición de Ley de regulación de la eutanasia que pone de manifiesto la existencia de una realidad en nuestro país encaminada a dotar de protección a las personas que encontrándose en una situación especial, pueda suscitarse el dilema de que la propia existencia vital adquiera una compleja situación en la que no parece desechable que se pueda prestar el auxilio necesario, “no ya y de manera irremediable a proponerle la misma muerte, que expresamente no se fija entre los fines de la asociación, sino incluso para adoptar una decisión reflexiva y consciente de la mejor solución a la problemática, tan variada como puede serlo cada persona, que en ella se encuentre”.

El tribunal considera que la actividad de esta asociación no está encaminada necesariamente a la actividad eutanásica, “sino que de la redacción de sus fines ha de concluirse que se integra en una actividad de información y asesoramiento en momentos tan peculiares y esenciales para las personas como a los que acabamos de referirnos. Es más, la finalidad asociativa sería tanto más necesaria en cuanto la confusa situación generada la complejidad de los derechos afectados y la falta de unos contornos claros del mismo, impide que los poderes públicos pudieran prestar dicha asistencia, al menos en una planificación generalizada y objetiva”.

La Asociación Abogados Cristianos es un colectivo vinculado a Vox según desveló Eldiario.es. Entre sus causas más sonadas están las denuncias contra la procesión del ‘coño insumiso’ o contra el actor Willy Toledo por insultar a Dios. El año pasado, con motivo de la celebración del Día del Orgullo, el colectivo ultracatólico se querelló contra varios ayuntamientos de España por exhibir la bandera LGTBI en sus balcones, entre ellos el consistorio de Alcalá de Henares en Madrid.

DMD: DEBATE SOBRE CUIDADOS PALIATIVOS Y EUTANASIA

 

 

Defiende el derecho a la salud

Cada vez es más difícil sostener económicamente las acciones de OSALDE y esta página web. Si crees en nuestro proyecto por favor, hazte socia.

You have Successfully Subscribed!