Paralizada cautelarmente las externalizaciónes del H. de Urdúliz
«La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado un recurso presentado por Osakidetza y paralizado, de forma cautelar hasta que se resuelva el fondo del conflicto, la externalización de una serie de servicios que se deben prestar en el nuevo hospital de Urduliz.»
Fuente: El Correo, 31 de enero de 2018
De esta forma, la ‘privatización’ de las labores de cocina, cafetería, lavandería, planchado, costura y suministro de ropa –valorados en varios millones de euros– quedan pendientes de la decisión del alto tribunal vasco, al que recurrió el Servicio Vasco de Salud después de que el Órgano de Recursos Contractuales (OARC) del Gobierno vasco –un organismo especializado que depende orgánicamente del Departamento de Contratación– diese la razón al sindicato ESK y anulase la licitación de los contratos.
(…) en una Mesa Sectorial de 2008 Osakidetza se comprometió a no externalizar nuevos servicios. El Departamento de Salud avanzó, en este sentido, su intención de seguir adelante con sus planes y afirmó que «los servicios de lavandería, limpieza y cocina se externalizarán, como en la mayoría de los hospitales de Osakidetza». Además, subrayó que «el Alfredo Espinosa va a seguir el modelo de gestión del resto de hospitales públicos» y contará con unos servicios «de calidad» y con la misma «buena valoración que los pacientes vienen realizando en los de Mendaro y Zumarraga» –donde también están gestionados por empresas privadas–. Osakidetza defendió que, «además de mejorar la atención sanitaria pública a 175.000 personas», el centro sanitario de Uribe Kosta permitirá la creación de «más de 425 puestos de trabajo de calidad». (…) el Servicio vasco de Salud recurrió a los tribunales y, de forma paralela, pidió que se le permitiese seguir adelante con el proceso hasta que no se resolviese el fondo del asunto. Esta última petición, sustanciada en un auto judicial al que ha tenido acceso EL CORREO, ha sido rechazada ahora por los magistrados del Tribunal Superior. (…)
La resolución del alto tribunal vasco –contra la que no cabe recurso alguno y que impone las costas del proceso a la administración– señala que este recurso está «abocado al fracaso», ya que «no refuta válidamente» la «razón decisoria que funda la denegación» de una medida cautelar. Además, la resolución judicial insiste en que los argumentos del recurso son «en esencia» los mismos que ya habían sido rechazados.