Incomunicación y tortura. Análisis estructurado en base al Protocolo de Estambul

Incomunicación y tortura. Análisis estructurado en base al Protocolo de Estambul

En septiembre de 2012 se presentaron los resultados de la investigación realizada en el País Vasco “Incomunicación y tortura. Análisis estructurado en base al Protocolo de Estambul”. (El video de la presentación en el Consejo General de la Abogacía española puedes verlo aquí)

Descargar el Informe completo aquí

Se trata del primer estudio que se realiza en el Estado que toma como referencia dicho Protocolo cuyos principios fueron adoptados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en el año 2000. El objetivo principal del mismo es realizar una valoración individual de la fiabilidad del testimonio de tortura aplicando el Protocolo de Estambul mediante una evaluación médica y psicológica exhaustiva y rigurosa, acorde a estándares científicos internacionales.

A pesar de que los informes de organizaciones internacionales y de organismos de Naciones Unidas señalan la existencia de la tortura en el País Vasco, apenas existen datos y estudios sobre la misma. Esta investigación es un intento de avanzar en la visibilización de las víctimas de tortura y su necesaria reparación. El trabajo ha implicado a más de 30 profesionales de la salud y 8 organizaciones distintas. La muestra total de entrevistados es de 45 personas y se ha procurado que abarque diferentes cuerpos de seguridad, períodos de incomunicación, épocas diferentes de detención y militancias divergentes. No se trata de un estudio epidemiológico por lo que los datos no son extrapolables al resto de la población. El objetivo principal es analizar la credibilidad de los relatos.

La metodología empleada ha sido validada por los organismos internacionales a los que se ha presentado el estudio y se ha compartimentado en distintos niveles independientes de manera que los análisis realizados fueran lo más objetivos posibles. Para estimar la credibilidad de los testimonios recogidos se confeccionó una matriz de 14 variables, que son indicadores internos y externos en los que se han basado los peritos para su análisis final de credibilidad. Las variables utilizadas hacen referencia a cuestiones como la congruencia entre la descripción de los hechos y las emociones con que son expresados, las secuelas congruentes con los hechos alegados, diagnóstico clínico, la coincidencia de todos los peritos implicados, informes médicos y forenses, etc.

A juicio de los expertos forenses, se considera que estas 45 personas han hecho un relato cierto y sustancialmente veraz de lo que constituyó su experiencia de detención incomunicada. El 53,3% obtiene un grado de credibilidad de “máxima consistencia”, el 31,1% “muy consistente” y el 15,6% “consistente”

Además del grado de consistencia de los relatos se examinaron otros aspectos como los métodos de tortura utilizados y el impacto psicológico producido. En cuanto a lo primero los métodos más relatados por las personas peritadas son la privación y manipulación de la estimulación sensorial, humillaciones de tipo verbal, técnicas psicológicas para desestructurar al individuo, amenazas de muerte y daños a familiares y amigos, posturas forzadas, golpes y asfixia seca.

La mayoría de personas que han estado en incomunicación tienen algún síntoma de estrés postraumático, aunque hay una tendencia a que con el paso de los años estos síntomas disminuyan. En los dos primeros años el 83,4% de las personas entrevistadas muestran algún signo de estrés post traumático, entre el tercer y séptimo año baja al 50% y aquellas personas que sufrieron la tortura hace más de ocho años mantienen síntomas el 35,5%. Sin embargo, hay un porcentaje de los entrevistados que presentan un daño psicológico muy importante tras la tortura y a pesar del tiempo transcurrido desde los hechos. Así el 8,9% de las personas peritadas es diagnosticada de Transformación Persistente de Personalidad tras hecho catastrófico, la forma más grave de secuela permanente posible.

Por último, el estudio señala recomendaciones al Estado a las instituciones legislativas y judiciales, al Defensor del Pueblo, respecto a la documentación de la tortura, a la justicia, a la atención a las víctimas y medidas de reparación posibles. En este último punto se recogen aportaciones de las personas peritadas que señalan como medida principal de reparación el reconocimiento de los hechos, ya que la negación social y las acusaciones de mentira y simulación son muy dañinas. Otras medidas de reparación nombradas son una actitud institucional decidida para luchar contra la tortura, atención psicosocial, medidas de rehabilitación y apoyo individual, familiar o comunitario, garantías de no repetición, implementación de procedimientos administrativos legales que prevengan la tortura y construcción de nuevos espacios sociales inclusivos que permitan hablar de lo ocurrido en el País Vasco.

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